El Consell de Garanties Estatutària ha dictaminado este jueves que el impuesto sobre la producción termonuclear de energía es inconstitucional al considerar que no queda acreditada su finalidad ambiental y no se puede diferenciar “claramente” del impuesto estatal sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
El dictamen, al que ha tenido acceso Europa Press, llega después de que el PP catalán llevara en julio ante el Consell diversos artículos de este proyecto de ley porque consideraba que este impuesto contenía el mismo hecho imponible que el estatal, y acusaba así al Govern de fomentar una doble imposición.
Según el dictamen, hay un “parecido sustantivo” en la configuración de los hechos impositivos de ambos tributos, y se destaca que los artículos recurridos son contrarios a la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca) porque se produce una doble imposición.
Sin embargo, concretan que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, hay que analizar también otros elementos, como el denominado sujeto pasivo y la finalidad que persigue el impuesto, para confirmar que se incumple la Lofca.
Mientras que constata que el objeto del tributo estatal es la producción de energía y el catalán la de gravar el impacto y el daño eventual en el medio ambiente que provoca la producción termonuclear de energía eléctrica, se recoge que la norma del Gobierno central no incluye ningún tipo de afectación extrafiscal a diferencia de proyecto de ley de la Generalitat, que cita “los riesgos que puedan derivarse de la actividad gravada”.
Para evitar la doble imposición, el Consell de Garanties aconseja reformular el articulado del impuesto, “expresando claramente la finalidad extrafiscal, así como la previsión del daño eventual en el medio ambiental, tanto en el redactado del proemio como en la denominación del impuesto”.
En relación a la base imponible, añade el dictamen, no tendría que vincularse a la creación de riqueza o con la producción y acreditarla, si es posible, “con unidades contaminantes”.
OTROS IMPUESTOS
El Consell de Garanties no ha cuestionado los dos otros impuestos que prevé el proyecto de ley, sobre las emisiones contaminantes de la aviación comercial y sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera, que consideran que se adecuan a la Constitucióin y no afectan la prohibición de la doble imposición.
Para la entidad, los artículos consultados hacen referencia a cuestiones comunes de los tres impuestos que regula el proyecto de ley “que no son de importancia para la definición de un impuesto, porque son aspectos complementarios o accesorios de la estructura que lo configura”.
El debate del proyecto de ley se debatirá cuando se inicie el nuevo curso político en el Parlament, a partir de septiembre, dado que se pospuso al pedirse el dictamen al Consell de Garanties.