El portavoz nacional de Jueces para la Democracia, Joaquim Bosch, ha considerado este viernes que la prueba de ‘Potencial Evocado Cognitivo P300’ o ‘test de la verdad’ puede vulnerar derechos «fundamentales» como el derecho a no declarar contra uno mismo de una persona imputada o su derecho a la intimidad, dado que se accede a sus recuerdos a través de este análisis.
En su opinión, la prueba «no debería admitirse contra la voluntad» del imputado y, aún estando de acuerdo en someterse a ella, ha dudado de que «pueda servir como prueba de cargo» para condenar a una persona, para apreciar que debería abrirse un debate sobre «si cualquier injerencia externa en el ámbito de los recuerdos de una persona resultaría admisible desde el punto de vista de la protección de la dignidad de cada persona».
En rueda de prensa en Zaragoza, donde ha participado en unas jornadas sobre Derecho Privado, ha observado que el consentimiento «no convalida cualquier tipo de prueba y en ningún caso debería admitirse contra la voluntad del imputado e, incluso con su voluntad, sería importante abrir una reflexión sobre los límites de la prueba».
Bosch ha recordado que la prueba no está regulada, «legalmente no existe, no está prevista, es bastante dudoso que tenga el más mínimo encaje legal por analogía y se tendría que valorar en el nuevo Código Penal o en una nueva ley si esta prueba se puede practicar, en qué términos o si con la voluntad (de la persona) sería suficiente»; para insistir en que «no se puede hacer por la fuerza, porque si una persona no quiere declarar contra sí misma» tiene derecho a su defensa y «no puedes obligar a que su cerebro hable por él».
Por ello, ha recalcado que no se debería imponer en ningún caso porque «supondría vulnerar un derecho fundamental» e, incluso, podría llegar a invalidar la prueba y otras que posteriormente pudieran obtenerse por los resultados del estudio.
PRUEBA A MIGUEL CARCAÑO
Miguel Carcaño, que fue condenado a 21 años y 3 meses de cárcel por el asesinato de Marta del Castillo, ocurrido en enero de 2009, se ha sometido este jueves voluntariamente en el Hospital Miguel Servet de Zaragoza a la prueba P300.
En este caso, el portavoz de Jueces para la Democracia ha apreciado «una diferencia importante», se trata de una persona ya condenada y la prueba «no sirve para perjudicarle en modo alguno y puede ser útil para favorecer una investigación y proteger los derechos de los familiares de la víctima».
«En estos supuestos, se puede ponderar de manera más favorable practicar la prueba, pero es muy distinto al caso de que pueda servir como prueba para condenar a una persona», ha insistido.
P300
La prueba de ‘Potencial Evocado Cognitivo P300’ o ‘test de la verdad’ consiste en medir la onda P300 del cerebro, que se produce en la memoria episódica, al recordar algún tipo de recuerdo cercano o lejano a partir de un estímulo, como una foto o una frase. La onda se llama P300 porque a partir del estímulo, tarda al menos 300 milisegundos en aparecer.
Esta onda no se puede modificar voluntariamente y en la prueba se valora la respuesta cerebral cuya altura de onda es mayor, puesto que eso indica más información y de mejor calidad. El neurólogo y neurofisiólogo clínico José Ramón Valdizán cifra la fiabilidad de esta prueba en, al menos, el 87 por ciento. Su duración es de unas dos horas y el análisis posterior puede durar unas dos semanas.
La prueba se realiza en una habitación a oscuras para que las pupilas de los ojos se dilaten más y perciban mejor los estímulos. Se coloca en la persona sometida a ella un gorro de electrodos y se la sitúa a un metro de distancia de una pantalla de ordenador, en la que se le van mostrando las diferentes imágenes y frases, alternándolos de forma aleatoria.
Dos monitores registran la imagen de la persona y el electroencefalograma, respectivamente, y, después, se comprueba la coherencia y validez de la información obtenida de este último, se extraen los datos y se analizan.-Informó Europa Press.