El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha presentado este martes en el Congreso de los Diputados las líneas maestras de las propuesta de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Gallardón ha comparecido en la Comisión de Justicia a petición propia, a instancia del PSOE y de los grupos de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) para presentar los borradores que le entregaron formalmente el pasado febrero dos comisiones de expertos.
Al inicio de su intervención, el ministro ha agradecido la “ambición transformadora” con la que han trabajado las comisiones de expertos, aunque ha precisado que sus textos no son asumidos por el Gobierno. Éste presentará su “voz definitiva” en otoño cuando los lleve al Consejo de Ministros tras un “periodo de reflexión y debate” con todos los operadores jurídicos y los grupos parlamentarios.
Consciente de que toda la oposición ha criticado la ausencia de debate en las leyes que ha llevado a las Cortes, ha argumentado que se han cumplido “estrictamente” los plazos marcados por la ley porque “obligaba” la “urgencia del vencimiento” del mandato de los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Ha garantizado que estos dos textos sí tendrán una tramitación “lo más pausada posible” con el objeto de ser aprobados en la presente legislatura.
Reforma de la LOPJ
A su juicio, la “gran renovación” que se introduce en esta Ley es el diseño de una nueva organización mediante la creación de tribunales de instancia compuestos por salas –una por cada orden jurisdiccional–, unidades y secciones y con circunscripción provincial.
En todo caso, ha garantizado que la reordenación del mapa judicial no supondrá el cierre de ningún juzgado y que se aprovecharán sus actuales recursos materiales y humanos con criterios de “flexibilización y especialización”.
Las apelaciones que ahora estudian las Audiencias Provinciales, pasarán a los Tribunales Superiores, que culminarán la organización judicial en la demarcación autonómica.
La propuesta mantiene la Audiencia Nacional aunque reduce sus salas a tres –Penal, Contencioso-Administrativo y Social–, que estarán acompañadas por salas de instancia que estudiarán los asuntos ahora asignados a los Juzgados Centrales y a la Sala de lo Penal.
Al respecto, el ministro, ha defendido la continuidad de la Audiencia Nacional como un instrumento de gran “utilidad” y que guarda “pleno sentido” en la lucha contra la delincuencia organizada, ante la petición de los grupos nacionalistas de suprimir este órgano jurisdiccional.
Una de las principales novedades que afectan a la Carrera Judicial se refiere a la supresión de las categorías. Con el nuevo modelo, solo habrá jueces y el tratamiento de magistrado solo se mantiene “a efectos honoríficos”.
Los jueces se abstendrán de hacer valoraciones de actualidad sobre asuntos pendientes de resolución y su régimen de ascenso y traslado estará regido por pruebas de excelencia y especialización en concurso-oposición.
“Los jueces que pertenecen a la Carrera con un mínimo de cuatro años de antigüedad y que superen estas pruebas ganarán nueve años adicionales en el escalafón y con preferencia para ocupar plazas en el orden de su especialidad en los Tribunales Superiores y en la Audiencia Nacional”, ha explicado.
Los jueces podrán apartarse de la jurisprudencia del Supremo, pero siempre motivando la decisión que entre en contradicción. Por su parte, los secretarios judiciales pasarán a denominarse “letrados al servicio de la Administración de Justicia”, según la propuesta de la comisión de la Ley de Demarcación y Planta.
En cuanto a la acción popular –prohibida para partidos y sindicatos–, el borrador de la Ley Orgánica del Poder Judicial propone su ejercicio gratuito para delitos cometidos por cargos públicos en el ejercicio de sus funciones y por abuso de poder. “Es un mecanismo insistituible para perseguir la corrupción política y del abuso de poder”, ha dicho, para agregar que quedaría limitado su ejercicio a instituciones públicas.
Recordando la ‘doctrina Atutxa’, ha añadido que las acusación podrán pedir la apertura del juicio oral sin el apoyo del fiscal.
Reforma de la LECrim
Tras ello, el titular de Justicia ha repasado el Código Procesal Penal en sustitución a la Ley de Enjuiciamiento Criminal que le entregado el grupo de expertos y ha confesado sus “dudas” por este cambio de nombre, así como con que la sustitución del término “imputado” por “encausado” logre eliminar su carga peyorativa.
La idea trascendental del redactado gira en torno a la asunción de la investigación de los delitos y las faltas bajo la tutela de un juez de garantías, que resolverá todas las medidas que afecten a los derechos fundamentales o a la apertura del juicio oral.
Se amplían las facultades del acusador popular. “Ahora se reconoce a la acción popular la capacidad para instar y obtener la apertura del juicio oral sin el apoyo del fiscal”, ha dicho, recordando la ‘doctrina Atutxa’.
La propuesta también hace desaparecer los privilegios de los “políticos“, suprimiendo que el testimonio se preste por escrito o en el despacho de sus señorías y suprimiendo el proceso como aforado del proceso especial. Se introduce la inhabilitación cautelar del cargo público.
Entre otros puntos, la duración de la instrucción se limita, como norma general, a seis meses, se amplia el ámbito de la conformidad y el principio de la oportunidad reglada, al tiempo que se mantiene el plazo de cuatro años máximo de prisión provisional y se “recupera” el plazo de 24 horas de detención hasta la puesta a disposición judicial.
Finalmente, ha recalcado que en el juicio popular el acusado solo declarará si lo pide su defensa aunque entonces podrá ser interrogado por todas las acusaciones. El articulado también aborda el ‘habeas corpus’ en casos de detenciones ilegales, el internamiento en centro psiquiátrico como medida cautelar y todas las comunicaciones y los dispositivos electrónicos. (EUROPA PRESS)